Con la RAP, tendremos un Plan de Desarrollo Regional
Con el logro de la Región Administrativa y de Planificación -RAP-, se podrá expedir acuerdos administrativos denominados acuerdos regionales y ser la entidad rectora de un Plan de Desarrollo Regional.
El director de Planeación Territorial, órgano adscrito a Planeación, Luis Ernesto Valencia Ramírez, que así mismo le permitirá contar a estos departamentos con una personería jurídica en calidad de entidad pública.
De manera conjunta con el Secretario de Planeación , Claudio Olivella Orcasitas, al hablar ante los diputados del Risaralda, indicó que permitirá , de igual forma, tener condiciones para la conversión de una región de administración y Planificación en Región Entidad Territorial.
Fundamentó dichas condiciones en:
- Solicitud formulada por los Departamentos que conforman la región administrativa y de planificación (RAP), a través de sus gobernadores) y avalada mediante ordenanza por las respectivas asambleas departamentales.
- La Solicitud deberá ser presentada al Congreso de la República, acompañada del proyecto de ley respectivo.
3.- La Región Administrativa y de Planificación debe haber funcionado como
tal al menos durante un (1) año.
4.- Concepto previo de la Comisión de Ordenamiento Territorial.
5. La decisión tomada por el Congreso se someterá en cada caso a referendo
de los ciudadanos de los departamentos que conforman la región.
CREACIÓN RET
Ello, consideró, permitirá crear el Fondo RET como un fondo de recursos públicos, sin personería jurídica, con el fin de asignar recursos para inversión social de las Regiones Entidades Territoriales (RET) a los fines señalados en el artículo 7 de la presente Ley.
“La región puede tomarse como una forma de organización política del Estado, o como una manera de utilizar el territorio para fines únicamente administrativos”, insistió en la apertura de las conversaciones acerca del tema.
Propósitos
Estimó, de igual, avanzar en el andamiaje institucional necesario para laregionalización
Es el paso previo para consolidarnos como RET (Región como Entidad Territorial)
Valencia Ramírez puso de ejemplo como otras zonas del país ya han avanzado en la creación de este tipo de estructura, no nos podemos quedar atrás.
“Solo integrándonos caminaremos hacia unas entidades territoriales dotadas de autonomía”.
PRINICIPIOS
Destacó 8 principios para la adopción del Estatuto Especial de cada región.
- Paz integral
- Reconocimiento de la pluralidad y de la diversidad territorial
- Participación ciudadana.
- Responsabilidad y transparencia
- Cierre de brechas socioeconómicas
- Sostenibilidad ambiental
- Enfoque de derechos y de género
- Respeto a la diversidad étnica, cultural y de orientación sexual
Consideró de manera seguida, dos aspectos favorables como entidad administrativa y política:
ENTIDAD ADMINISTRATIVA
Puede hablarse de región en sentido de unidad geográfica y económica sobre la cual se asienta una organización administrativa; las funciones que ahí se instalan son de naturaleza administrativa.
ENTIDAD POLITICA
Región como una unidad de tipo político, con funciones estatales, de carácter legislativo y no judicial, y no solamente administrativas; allí se encuentra el fenómeno regional en toda su extensión como un tercer modelo de Estado.