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Con la RAP, tendremos un Plan de Desarrollo Regional

 

 

 

Con el logro de la Región Administrativa y de Planificación  -RAP-, se podrá expedir acuerdos administrativos denominados acuerdos regionales y ser la entidad rectora de un Plan de Desarrollo Regional.

El director de Planeación Territorial, órgano adscrito a Planeación, Luis Ernesto Valencia Ramírez, que así mismo le permitirá contar a estos departamentos con una personería jurídica en calidad de entidad pública.

De manera conjunta con el Secretario de Planeación , Claudio Olivella Orcasitas, al hablar ante los diputados del Risaralda, indicó que permitirá , de igual forma, tener condiciones para la conversión de una región de administración y Planificación en Región Entidad Territorial.

Fundamentó dichas condiciones en:

  1. Solicitud formulada por los Departamentos que conforman la región  administrativa y de planificación (RAP), a través de sus gobernadores) y  avalada mediante ordenanza por las respectivas asambleas departamentales.
  2. La Solicitud deberá ser presentada al Congreso de la República,  acompañada del proyecto de ley respectivo.

3.- La Región Administrativa y de Planificación debe haber funcionado como

tal al menos durante un (1) año.

4.- Concepto previo de la Comisión de Ordenamiento Territorial.

5. La decisión tomada por el Congreso se someterá en cada caso a referendo

de los ciudadanos de los departamentos que conforman la región.

CREACIÓN RET

Ello, consideró, permitirá crear el Fondo RET como  un fondo de  recursos públicos, sin personería jurídica, con  el fin de asignar recursos para inversión social  de las Regiones Entidades Territoriales (RET) a  los fines señalados en el artículo 7 de la  presente Ley.

“La región puede tomarse como una forma de organización política del  Estado, o como una manera de utilizar el territorio para fines únicamente  administrativos”, insistió en la apertura de las conversaciones acerca del tema.

Propósitos

Estimó, de igual, avanzar en el  andamiaje  institucional necesario  para laregionalización

Es el paso previo para  consolidarnos como  RET (Región como  Entidad Territorial)

Valencia Ramírez puso de ejemplo  como  otras zonas del país  ya han avanzado en la  creación de este tipo  de estructura, no nos  podemos quedar atrás.

“Solo integrándonos  caminaremos hacia  unas entidades  territoriales dotadas  de autonomía”.

PRINICIPIOS

Destacó 8 principios  para la adopción del  Estatuto Especial de cada región.

  1. Paz integral
  2. Reconocimiento de la pluralidad y de la  diversidad territorial
  3. Participación ciudadana.
  4. Responsabilidad y transparencia
  5. Cierre de brechas socioeconómicas
  6. Sostenibilidad ambiental
  7. Enfoque de derechos y de género
  8. Respeto a la diversidad étnica, cultural y de  orientación sexual

Consideró de manera seguida, dos aspectos favorables como entidad administrativa y política:

ENTIDAD  ADMINISTRATIVA

Puede hablarse de región  en sentido de unidad  geográfica y económica  sobre la cual se asienta una  organización administrativa;  las funciones que ahí se  instalan son de naturaleza  administrativa.

ENTIDAD POLITICA

Región como una unidad de  tipo político, con funciones  estatales, de carácter  legislativo y no judicial, y no  solamente administrativas;  allí se encuentra el  fenómeno regional en toda  su extensión como un tercer  modelo de Estado.