Boletín de Prensa 18/08/2015
APROBADO EN SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE REGULACION DEL IMPUESTO DE DEGÜELLO EN RISARALDA
La Ley 8ª de 1909, estableció el impuesto de degüello del ganado mayor en favor de los departamentos, así mismo los artículos 9 de la Ley 56 de 1918 y 161 del Decreto 1222 de 1986, determinaron que los Departamentos podrán fijar libremente la cuota del impuesto sobre degüello de ganado mayor.
Mediante Ordenanza No. 009 del 01 de Agosto de 2006, se expidió el “Estatuto de Rentas del Departamento de Risaralda”, en la que no se reguló el Impuesto de Degüello de Ganado Mayor.
La Asamblea Departamental a través de la Ordenanza No. 027 de noviembre 29 de 1988, autorizó a los Concejos Municipales, hasta el 28 de febrero de 1989, para que fijaran libremente, la tarifa al Impuesto de Degüello de Ganado Mayor y Menor en su jurisdicción, ordenando con destino al Fondo de Seguridad se transfiriera la suma de cincuenta pesos ($50,oo) por cada cabeza de ganado sacrificado. Este impuesto que lleva sin ser modificado desde hace 20 años busca que lo recaudado por el Gobierno Departamental sea repartido en partes iguales a los 14 municipios sin que algunos de ellos tengan planta de sacrificio. Por tal razón y Después de varias horas de debate y de buscar los mecanismos más benéficos para que los municipios de Risaralda no fueran golpeados por este impuesto fue aprobado en segundo debate el “PROYECTO 013 DE REGULACION DEL IMPUESTO DE DEGÜELLO EN RISARALDA”; pese a ver sido aprobado en segundo debate y ante la falta más claridad del impacto económico que puede causar en las finanzas de los municipios al ser aprobado por la corporación, este proyecto quedará para ser estudiado con mayor detenimiento por los diputados en las sesiones ordinarias de Octubre y Noviembre.
ESTE MIÉRCOLES A TERCER DEBATE PROYECTO 012 POR EL CUAL SE CEDE A TÍTULO DE DONACIÓN UN BIEN INMUEBLE A LA PROMOTORA DE VIVIENDA
Este miércoles desde las 9:00 a.m. en el recinto de la Asamblea de Risaralda se llevará a cabo el desarrollo del tercer debate del Proyecto 012 por medio de la cual se autoriza al gobernador de Risaralda para ceder a título de donación un bien inmueble para la Promotora de vivienda del Departamento, posteriormente se realizará la Clausura de las sesiones extraordinarias con la presencia del Gobernador Encargado Carlos Arturo Rave.
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